El nuevo Código Penal ingresó al senado y será tratado en abril
La iniciativa enviada por el Ejecutivo reabre el debate sobre temas controvertidos como la despenalización del aborto y la protesta social.

El proyecto de nuevo Código Penal que envió el Poder Ejecutivo al Senado de la Nación y que reabre el debate sobre temas controvertidos, como la despenalización del aborto y la corrupción, comenzará a ser discutido en comisión en abril con la exposición de funcionarios y especialistas.
La propuesta, que modifica el actual Código que rige desde 1921 y que sistematiza unas 900 leyes especiales, endurece las penas para casos de corrupción y narcotráfico así como para los episodios de robos por parte de motochorros, e introduce castigos para quienes arrojen piedras contra fuerzas de seguridad o interrumpan el tránsito.
En el caso de la interrupción voluntaria del embarazo, que ya comenzó a levantar polvareda, no prevé eliminar la penalización, como proponía el proyecto que fracasó a mediados de 2018 en el Senado, sino que deja a criterio de cada juez la aplicación o no del castigo.
Puntos principales
Aborto
Si bien continúa siendo punible el aborto excepto en condiciones especiales («Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios» o «Si el embarazo proviene de un abuso sexual»), un nuevo artículo abre a la evaluación de los jueces cada caso.
«El juez podrá disponer que la pena (que podrá ser de 1 a 3 años) se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad», expone el proyecto.
Violencia de Género
Los hechos de violencia de género serán considerados como agravantes en las penas del tercio superior de la escala penal que corresponda para cada delito.
Medio Ambiente
La modificación incluida en el proyecto considera al ambiente como un bien jurídico protegido y, por lo tanto, tipifica como delito la contaminación y el daño contra los recursos naturales.
La reforma del Código Penal prevé que este tipo de delitos estén penados con multa e inhabilitación cuando la contaminación torne no apta para la ocupación humana un área urbana o rural; impida el uso público de ríos; provoque el desplazamiento de los habitantes de las áreas afectadas; cause daños directos graves para la salud de la población; o se efectúe sobre un área natural protegida.
Contempla pena de prisión para quien ilegalmente introduzca en el ambiente organismos o microorganismos genéticamente modificados, y se sanciona la conducta de quien provoque incendios en bosques. Incluye los delitos contra el patrimonio genético nacional, con pena de prisión y multa para quien ilegalmente extraiga o comercialice recursos genéticos.
Narcotráfico
El proyecto incorpora los delitos del narcotráfico y tráfico de estupefacientes, al tiempo que aumenta las escalas penales de los tipos penales actualmente previstos en la ley diferenciando según la gravedad de la conducta.
El texto aumenta la escala penal a 20 años para los eslabones más peligrosos de la cadena del narcotráfico. Asimismo, incrementa a 6 años de prisión el mínimo de la pena del tráfico de paco o sustancia de desecho o residual.
Inseguridad
El proyecto mantiene la imposibilidad de acceder a la libertad condicional para quienes reinciden y a los condenados por delitos dolosos que hayan generado daños físicos o mentales, o la muerte.
El beneficio de la libertad condicional también se aplica a los delitos de corrupción de menores, explotación de la prostitución, contrabando agravado, financiamiento del terrorismo y tráfico de estupefacientes.
La reforma establece criterios diferenciados de determinación de las penas a fin de brindarle a los jueces pautas claras, según el sujeto involucrado sea una persona física o una persona jurídica.
En lo que hace a la tenencia y portación ilegal de armas de fuego, se elevan las escalas penales, fijando la mínima en 3 años y 6 meses.