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Base de datos de Anses en uso-M. Mei

La resolución para utilizar los datos personales que maneja el organismo fue firmada por el jefe de Gabinete Marcos Peña. Argumentan que es parte de su estrategia de comunicación y ya fue presentado un amparo.

Por Mariana Mei.

El Gobierno dispuso este lunes, por una resolución de la Jefatura de Gabinete de la Nación, que ANSES comparta sus bases de datos con la Secretaría de Comunicación Pública, para llevar diseñar mejor sus estrategias de comunicación, de modo de «mantener informada a la población» e «identificar y analizar las problemáticas o temáticas de interés en cada localidad del país» para poder «incorporar la diversidad federal en la comunicación pública».

En respuesta a esto, los diputados nacionales Héctor Recalde, Teresa García y Carolina Gaillard presentaron hoy una acción de amparo de alcance colectivo a fin de que se declare la nulidad de la Resolución 166/16, que dispuso la transferencia de la base de datos de la Anses a la secretaría de Comunicación Pública de la Nación. Asimismo, solicitaron como medida cautelar la suspensión de su aplicación y, si la información ya ha sido transferida, que se prohíba a Comunicación Pública utilizarla.

De acuerdo a los legisladores, la Resolución viola tanto el derecho a la intimidad previsto en los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional, como la ley 25.326 de Protección de Datos Personales, ya que la Anses remitirá nombre y apellido, DNI, domicilio, teléfonos, CUIT/CUIL, estado civil, fecha de nacimiento, estudios y direcciones de e-mail de cada persona. La ley establece que los datos “no pueden ser utilizados para finalidades distintas o incompatibles con aquellas que motivaron su obtención”. Los diputados advierten que la Resolución 166/16 habilita que los datos suministrados por las personas a la Anses para ser beneficiarias de alguna de sus prestaciones, por ejemplo, sean usadas por la secretaría de Comunicación Pública para otros fines, lo cual “puede provocar que reciban llamados telefónicos a su domicilio personal o hasta su teléfono celular o reciban correos electrónicos a su cuenta personal por parte de un órgano del Estado que accedió a esta información sin ser suministrada por los individuos para este fin. Claramente, se altera la intimidad del ciudadano que no brindó esta información para ser molestado o importunado por el Estado”.

Asimismo, observan que se permite “la divulgación de datos sensibles, ya que la mera inclusión en determinadas bases de datos de la Anses puede implicar que se suministren datos sobre la salud de los individuos”, algo expresamente prohibido por el artículo 2 de la ley 25.326.

En defensa a la resolución tomada por el oficialismo, el secretario general de ANSeS, Alejo Maxit en declaraciones a la prensa sostuvo la justificación del Gobierno sobre que esa información no será utilizada para «propaganda» sino para comunicar «beneficios» de modo personalizado.

Por último en la presentación del amparo, Recalde, García y Gaillard pidieron la habilitación de la feria judicial para tratar el expediente que se tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal n° 10, a cargo de la doctora Liliana Heiland.

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