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Alerta jubilados: la propuesta privatizadora de Milei

El proyecto privatizador de Javier Milei alcanza también al sistema previsional. No solo con la incorporación de las AFJP; también propone la declaración de quiebra del sistema y la caducidad de los derechos adquiridos.

(Punto 19 de la plataforma de La Libertad Avanza«Sobre el nuevo sistema de capitalización: En función de la emergencia de insolvencia del actual sistema previsional, el nuevo régimen legal establecerá la quiebra del sistema de reparto y la caducidad de los derechos adquiridos en función de las leyes jubilatorias y la jurisprudencia preexistentes») 

La Dra. Cintia Coturel Abogada Previsional analizó la propuesta libertaria y advirtió sobre los derechos jubilatorios que pueden ser cercenados si ese partido político llega al poder.

-En  tu canal de Youtube, decías que  nunca hablabas de política partidaria, que te dedicabas exclusivamente a orientar a los jubilados, pero que esta vez  sentías la obligación de advertir a la gente  acerca de las promesas de “Libertad Avanza” con Milei a la cabeza.  

Justamente  siempre  doy información para que las personas conozcan sus derechos, pero esta vez  me parece importante decirle a la gente  que muchos de esos derechos pueden ser cercenados con un cambio de sistema  jubilatorio. Y después que cada uno decida si esta de acuerdo  y elilja, pero siempre desde el conocimiento.

Igualmente quiero aclarar, porque estos días salieron a decir  por los Medios que esas reformas previsionales son para una segunda o tercera generación,  ante la preocupación que esto genera, igual  que con la dolarización.

De todas formas hablaban acera de declarar la quiebra del sistema previsional..

Sí,  eso está en un documento público que está en Internet  y en más de 50 páginas, habla de declarar  la quiebra y emergencia del sistema;  que igual, declaraciones de emergencia hay hace más de 100 años en nuestro país, y en materia laboral y previsional sin ir más lejos en el 2019 de declaró la emergencia previsional y por eso se suspendió la movilidad en  2020, y en el 2016 se declaró la emergencia en materia de litigiosidad previsional. O sea  declarar emergencia no es algo tan extraño. Igual la nueva plataforma no es muy especifico eso.

¿Todo el sistema pasaría a ser privado,  o quedaría alguna posibilidad de que el jubilado pueda  optar en quedar en el Estado?

Por lo que se desprende de esa documentación, quieren que todo el sistema sea privado, aparentemente, no sé si quieren  algún componente público.

¿Y sobre la caducidad de la Ley de movilidad jubilatoria?

En realidad es un tema técnico que cuando la persona se jubila  a través de una AFJP, que no sé si a través de un régimen de capitalización  se llamará igual, no  es que habrá aumentos otorgados conforme el índice de movilidad como tenemos ahora,  sino que por ejemplo en época de las AFJP el aumento la establecía  de acuerdo al rendimiento de los fondos que tenía invertido en la persona, entonces tener una jubilación de una AFJP no te garantiza que luego  tu jubilación vaya aumentando  según el costo de vida porque va a depender del mercado financiero, y donde lo invierta la AFJP. No sé cómo será eso a  futuro, pero  las AFJP  manejan los fondos de todos los que tenían contrato con ellas.

Al ser consultada por la suspensión de los reclamos judiciales, la Dra. Coturel,  señaló :

“está bastante detallado en ese informe,   lo que querían era evitar nuevos juicios y que se les aplique nuevos criterios a los juicios con trámites.

¿Y con relación a la eliminación de las jubilaciones de privilegio?

Al respecto siempre  hago la aclaración  porque cuando hablan,  engloban regímenes diferenciales que no son  jubilaciones de privilegio  sino por temas  de insalubridad, y hay que tener en cuenta que no es lo mismo  un presidente, vicepresidente, que un trabajador de un frigorífico- Ese tipo de  jubilaciones  es para personas que llegan a 50 y pico años de edad trabajando  con un desgaste físico más importante que si hubiera realizado otra tarea.

Hay gran cantidad de sectores que tienen régimen especial, (el del caucho, petroquímico,) no solo el judicial, donde una gran mayoría de la población  estaría de acuerdo que No tengan jubilación de privilegio. ¿Qué va a pasar con la moratoria jubilatoria?

Todo el mundo pregunta lo mismo, qué va a pasar,  y tampoco es que  la moratoria  salió fácilmente aprobada, hubo muchas gestiones que fracasaron, etc.  La moratoria va a seguir hasta marzo de 2025; el tema es que a través de alguna  reglamentación se puede limitar el acceso a la moratoria porque es una evaluación socioeconómica.

Es importante que la gente esté atenta a la difusión de estos temas porque más allá de la libertad que tiene cada uno para elegir por uno u otro partido, agrupación o candidato, sepan qué es lo que se está proponiendo, eso es construir  ciudadanía  consciente de lo que vamos a elegir  en octubre, que no es poca cosa  porque se trata de un presidente de la nación.

Aparte todo es muy difuso, y te van a decir que están de acuerdo que los jubilados cobren una jubilación digna,  pero también hay que saber,  por ejemplo,  que un régimen de capitalización tiene esas cosas, los únicos que quedan del régimen de las AFJP son los beneficiarios de las Rentas Vitalicias Previsionales que no tienen una garantía de movilidad jubilatoria y quizás estén cobrando una renta de 7 mil ó  de  15 mil pesos.

Esas personas que quedaron  “a la deriva” podrían hacer un juicio. Esos  regímenes no contemplan   varias situaciones  a las que se expone la persona. De todos modos cada uno elige lo que le parece, si está de acuerdo con esto  es su derecho, pero debe saber la realidad-concluyó la especialista en el tema previsional.

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