CABA

Denuncia realizada por Eduardo Dipasquale

Hoy inicie una denuncia penal por falsificación de instrumento público, solicitando medida urgente. La misma se realizo en la secretaria electoral de la Pcia. de Buenos Aires, sede en la Ciudad de La Plata, en el escrito presentado por mi letrado se destaca;
No obstante ello y por razones de índole personal he renunciado a continuar con dicha postulación, y para la oportunidad de las próximas elecciones del día 25 de octubre de 2015, no me he presentado a ratificar, ni suscribir, el acto correspondiente a la validación de dicha candidatura a Concejal por el Partido de Lanús.
Prueba de mi renuncia a dicha postulación se encuentra demostrada a través de diversas publicaciones que adjunto al presente escrito.
Sorprendentemente me encuentro afectado en mi libertad individual y autonomía personal, ya que pese a lo expuesto, la mencionada agrupación política me ha incluido en las boletas partidarias de electores a Concejal por el Partido de Lanús, sin ninguna autorización de mi parte, motivo por el cual me presento ante V.S. solicitando se investigue la posible comisión del delito de defraudación del artículo 173-inc. 8) del Código Penal, por entender que se ha falsificado un instrumento público y hasta posiblemente mi rúbrica.
Por otra parte, el accionar de la agrupación política y su representante o apoderado incurrirían en la posible comisión de falsificación de una boleta eleccionaria, puesto que en la misma se incluye a mi persona a sabiendas de la renuncia presentada que ha sido pública y notoria, además de no haber ratificado o suscripto mi posterior postulación al cargo eleccionario. Dicho comportamiento que se encuadraría en el art. 138 del Código Electoral, no es en grado de tentativa y ha precisado de la participación de al menos de quien preside ésa agrupación en el Partido de Lanús y su/s apoderado/s.
Ingresada la cuestión dentro del ámbito del Código Electoral, es sabido que cualquier ciudadano puede solicitar la acción de amparo del art. 10 de la norma en el supuesto de que se afecte su inmunidad, libertad y seguridad, en el sentido de que no se le permitiese votar.
Entiendo “a contrario sensu” de dicha norma citada, que se afecta la libertad del suscripto obligándolo a participar de un acto eleccionario en calidad de postulante de un cargo para el cual renunció y en tal sentido V.S. tiene amplias facultades para ordenar, y así se pide, testar mi nombre y postulación de las boletas impresas en flagrante violación de la Ley Electoral y el Código Penal.

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