GUSTAVO GOMEZ:- Hay que tipificar de una vez por todas, el delito de magnicidio en nuestro Código Penal.

Por Rodrigo Marcogliese –
A eso convocó a los cuerpos legislativos de la nación, desde Tucumán, el fiscal Gustavo Gómez cuando fue consultado acerca de los agravantes que no están regulados como son las tentativas de magnicidio, que pudo haberse consumado contra Cristina Fernández en el día de ayer. Gómez se basó en las incongruencias que existen en el Código, donde hay penas más duras para el que mata a un policía, que para el que le quita la vida a un ex presidente/a, o vicepresidente/a.
“Yo creo que lo primero que hay que decir, es que no existe delito de magnicidio previsto en el Código Penal, uno ve que están ya hablando de esto, pero en realidad el magnicidio como el genocidio y el ecocidio no están establecidos en nuestro Código Penal, y la verdad es que se podría aprovechar esta incidencia difícil y dolorosa, para poder sentarse a trabajar en este sentido.
Los senadores y diputados bien podrían reunirse y tipificar de una vez por todas este delito, porque si no, este caso queda como un homicidio simple que tiene una pena mucho menor que por ejemplo, matar a un policía.
Esta incongruencia del Código penal que matar a un policía es un delito gravado y matar a una ex Presidente o vicepresidente no lo es, me parece que esa es una de las cuestiones fundamentales que hay que salir a corregir en el código. No lo tenemos tipificado en nuestro código penal- reiteró el jurista-.
En este momento la investigación penal está tratando de centrar un esfuerzo de tipificación para decir que éste fue una tentativa de homicidio con alevosía, esto significa que podríamos pensar de agravar la pena en una cantidad de años que la ley nos permite, pero de ninguna manera le podemos decir que se trata de un delito tan grave como matar a un policía, al menos desde el punto de vista del Código Penal .
Para que tengas una idea: a este individuo con este acto pensando siempre en la alevosía, se le pueden dar trece años y cuatro meses de prisión como mínima, ó hasta 20 años de prisión como máximo.
Con esto quiero decirte que con 8 años de cumplimiento de pena puede salir con libertad condicional. Si nosotros tuviéramos tipificado el delito de magnicidio las penas sería mucho más graves incluso de reclusión perpetua en caso de tentativa, pero lamentablemente no lo tenemos.
Qué es lo que va a pasar con es que muchacho detenido para ver si se conectaba con alguna otra persona ¿cuál es el camino procesal que iba a conducir este hecho?.
Va a depender fundamentalmente de dos cosas ; en primer lugar, de los resultados que se puedan tener del teléfono que han desbloqueado y de las decisiones de investigación que tomen de modo conjunto el fiscal y la jueza ; y aquí me parece más interesante pensar que la Sra. Vicepresidenta de la nación se pueda presentar como querellante en esta causa penal, que el Senado de la nación por ser ella titular el Senado de la nación se presente como querellante en esta causa penal que el estado argentino se presente como querellante en la causa penal, porque va a ser la manera más eficiente de poder controlar la tarea del juez y del fiscal. Caso contrario va a quedar en manos de ella, y nos vamos a enterar muy poco los argentinos de lo que pueda estar sucediendo.
Ayer Alberto Fernández comentó que había hablado justamente con la jueza que fue hoy hasta el domicilio de Cristina tomar declaración intuyo que viene por ese lado que la querella estará presente del lado del gobierno.
Si se presentará pero hasta acá. yo tengo entendido que no, vos fíjate que es contradictorio , el Estado nacional es querellante en la causa, por ejemplo, de los incendios que se están dando en Entre Ríos, y no es querellante en esta causa de magnicidio . No digo que una sea más importante que otra, estoy diciendo que es bueno que el Estado nacional se presente como querellante en las causas penales donde justamente resulta víctima directa de estos ilícitos.
¿Por qué no lo han analizado ya en el gobierno?.
Se me ocurre que en los momentos de crisis siempre salimos a discutir los lados políticos, pero no los institucionales en vez de sentarse a decir que no estaba previsto el delito de magnicidio, lo que hacen es salir hablar tanto del opositor como el oficialismo, en vez de decir cómo podemos aportar a este juicio en cómo podemos ayudar a la investigación presentándolo como querellantes, pero salen a decidir esta es de una gravedad … Es probable que se quejen de la actividad del juez y del fiscal, a mí me da la impresión que todo queda en un discurso político y no en realmente en la cuestión institucional .
Ahora ¿qué hay que hacer para cambiar el Código Penal ¿tiene que pasar por el Congreso?
Exactamente, la Cámara de diputados y el Senado de la nación. Te doy un dato : estoy en Tucumán, soy fiscal de la Cámara federal de Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero, se está discutiendo en la legislatura local y provincial la posibilidad de solicitar por Resolución al Congreso de la nación, que se tipifique el delito de magnicidio. Las legislaturas provinciales no pueden crear delitos solamente lo pueden crear el Congreso de la nación, pero eso no significa que los ciudadanos no nos organicemos para pedir a nuestros legisladores nacionales que tipifiquen estos delitos.
Yo soy fiscal en las causas por los delitos de Lesa humanidad durante la dictadura, nosotros apostamos por genocidio, pero en el Código Penal no está el delito de genocidio, nosotros no acusamos porque tenemos tratados internacionales que están vinculados al genocidio y eso nos permite acusar a varios de los genocidas que tenemos presos en estos momentos de este delito, pero en materia internacional no hay ningún tratado sobre los magnicidios-advirtió finalmente el Dr. Gómez.