Gremios

Freno al ajuste en PAMI

Ordenan cubrir los medicamentos a afiliados de las CTA

“El PAMI no puede comportarse como una empresa que administra beneficios según la lógica del recorte”, destacaron Hugo Yasky y Hugo Godoy.
En enero la CTA de lxs Trabajadores y la CTA Autónoma presentaron una acción de amparo solicitando que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de las resoluciones 2.431 y 2.537 emitidas el año pasado por el PAMI, que cercenan el libre acceso a la medicación y tratamientos de las personas adultas mayores. El Juzgado Federal 2 de Mendoza, a cargo de Pablo Oscar Quirós, hizo lugar a la medida cautelar y le ordenó al PAMI dejar sin efecto las resoluciones. La decisión reconoció que ambas normas “son regresivas, arbitrarias, y violan los principios de progresividad que deben regir toda política pública en materia de seguridad social”, destacaron las centrales en un comunicado.

El fallo solicita a las dos CTA que en el término de diez días remitan un listado detallado de todos sus afiliados que cumplan con la condición de ser jubilados beneficiarios del PAMI. “El listado deberá presentarse en formato claro y ordenado, especificando los datos personales esenciales de cada afiliado”, determina. En diálogo con El Cohete, Hugo Yasky dijo que “el paso siguiente es presentar la nómina total de trabajadores, trabajadoras, beneficiarios del PAMI, afiliados a las dos CTA. Eso queda en manos del juez y en caso de incumplimiento de lo que expresa la cautelar, se hará el reclamo para que el juez le ordene al PAMI cumplir”.

Para Yasky la cautelar permitirá que exista un cumplimiento efectivo. “Vamos a presentar casos testigos si llega a haber algún incumplimiento, vamos a ir caso por caso para sentar el precedente jurídico, que es la obligatoriedad del cumplimiento de la medida”, indicó. Ya había un antecedente donde el mismo juzgado había resuelto favorablemente la acción de amparo  promovida en diciembre de 2024 por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos –patrocinada por los abogados cordobeses Mabel Edith Sessa y Carlos Hugo Vicente– con firma y acompañamiento de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación Civil de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas de Córdoba, la Asociación civil Foro Solidario Córdoba y la Unión Obrera Gráfica cordobesa.

“Nosotros sabíamos que había un precedente de un fallo de un juez de Mendoza y por eso lo presentamos, esperando que sucediera esto que efectivamente sucedió. Fue absorbido por ese juzgado que ya le había conseguido una cautelar a la APDH”, refirió Yasky. La acción judicial presentada por la CTA de lxs Trabajadores, representada por Yasky, y la CTA Autónoma, representada por Hugo Godoy –ambos firmantes del amparo–, demostraba que esas resoluciones eran una limitación al acceso a los medicamentos al 100%, exigiéndole al jubilado/a afiliado/a al PAMI el cumplimiento de una serie de requisitos burocráticos innecesarios.

Las dos CTA presentaron tres casos testigos, ejemplos de la problemática: Julia, que padece de vasculitis (inflamación de arterias y venas), solicitó por formulario hace dos meses la cobertura gratuita de Rituximab, un medicamento para tratar ciertos tipos cáncer. Aún no obtuvo respuesta, se expone actualmente a un mayor riesgo de padecer desgarro intestinal y sufre desmayos, problemas al orinar o vómitos periódicos. Raúl, que padece de diabetes, hace más de un mes solicitó cobertura gratuita de Metformina y otros seis medicamentos. Sigue esperando respuesta y sufre a diario presión alta. Roberto, que padece de asma (EPOC) y ataques de pánico, solicitó cobertura gratuita de Trelegy Ellipti y Alprazolam, más cuatro medicamentos, dado que tiene una válvula mecánica y una prótesis de cadera (ya recuperado de cáncer de próstata), además de contar con un familiar discapacitado. Recientemente, se le negó la cobertura al 100% por no cumplir con los requisitos habilitantes de dichas resoluciones.

“Este fallo representa un reconocimiento por parte de la Justicia a un derecho del que fueron brutalmente despojados los jubilados y las jubiladas de este país por parte del gobierno de Milei”, destacaron en un comunicado conjunto las dos CTA. “El PAMI no puede comportarse como una empresa que administra beneficios según la lógica del recorte, sino como una institución que debe garantizar la salud de sus afiliados como un derecho humano básico”, concluyeron.

FUENTE. DEL COHETE A LALUNA

 

 

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