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El Gobierno reglamentó la ley de las «grandes fortunas»

Con el objetivo de morigerar los efectos de la pandemia el Gobierno nacional reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario (ley 27605/2020) .Sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero , según reporte de Página 12.

Lo de «Extraordinario» puede interpretarse de dos maneras. Literalmente, porque se trata de un pago que se hará por única vez; pero también simbólicamente, ya que establece un esquema progresivo en el sistema de recaudación nacional.

La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% al 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.

La norma establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones.

Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%.

De esta manera, estarían obligados a pagar sólo unos 12.000 contribuyentes

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