Alerta en gremios marítimos: El Gobierno limita el derecho a huelga y flexibiliza la contratación de personal

El Gobierno publicó un decreto que desregula la actividad y golpea a los sindicatos. Debilita el derecho a huelga y desvincula a las bolsas de trabajo sindicales en la contratación de personal.
Se trata del Decreto 340/2025 que aprueba el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional, con fuertes modificaciones en la normativa laboral y la Ley de Navegación. Puntos que fueran anticipados por Mundo Gremial.
Entre los puntos más importantes, el nuevo régimen permitirá a los armadores nacionales suspender temporalmente la bandera argentina en sus buques sin perder la matrícula nacional, posibilitando la inscripción en registros extranjeros cuando sea necesario, otorgando mayor flexibilidad operativa y reduce costos administrativos.
El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, destacó que «lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros». «Esto quiere decir que una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local. Deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75 % de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen», señaló.
En el mismo sentido, establece un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera.
Navegación marítima como servicio esencial
El DNU declara como servicio esencial a la navegación marítima y fluvial destinada al transporte comercial de personas, mercaderías y operaciones costa afuera, por lo que en casos de conflicto laboral, se deberá garantizar al menos el 75% de la prestación habitual debilitando el derecho a huelga de los trabajadores.
Por otro lado, genera cambios en la contratación de trabajadores con un fuerte golpe a los gremios, a través de un paso hacia la desvinculación de las bolsas de trabajo sindicales, habilitando la libertad de contratación de los armadores.
Sobre este punto de flexibilización en la contratación, se confirmó que se eliminan trámites como la renovación anual del Registro de Armadores Nacionales y se amplían las opciones para contratar personal embarcado, incluso a través de asociaciones gremiales u otras entidades habilitadas.
«Las asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial podrán proponer a los empleadores un listado del personal disponible de sus bolsas de trabajo habilitado para la realización de tareas como personal embarcado en la actividad marítima y fluvial. El empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra persona que disponga. Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”», destacó el Decreto.
Buques extranjeros: permisos, condiciones y tripulación
La nueva normativa aplica cambios en materia de permisos temporales para buques extranjeros, condiciones para barcos extranjeros en cabotaje y sobre la tripulación.
Permisos temporales para buques extranjeros: Cuando no haya embarcaciones nacionales registradas o autorizadas para cabotaje por armadores nacionales, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) podrá otorgar permisos temporales de hasta 180 días a barcos extranjeros, con posibilidad de renovación.
Condiciones para buques extranjeros en cabotaje: Los buques extranjeros autorizados a operar por más de 60 días al año en cabotaje deben estar tripulados por personal argentino o residentes permanentes, cumpliendo la legislación laboral y tributaria vigente. Para permisos de hasta 60 días, deben esperar 60 días antes de solicitar una nueva autorización.
Tripulación en buques nacionales o con tratamiento de bandera nacional: Deben emplear preferentemente tripulantes argentinos o residentes permanentes, salvo en casos de no disponibilidad, donde pueden contratar personal de cualquier nacionalidad habilitado como marítimo o fluvial.
El decreto genera ruido en las conducciones sindicales que en la previa había manifestado el rechazo a los intentos de desregulación de la marina mercante, en perjuicio del trabajo argentino y las leyes laborales vigentes.
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