Reempadronamiento de sociedades comerciales y asociaciones civiles
Por resolución del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y en concordancia con las disposiciones de la Dirección provincial de Personas Jurídicas, las sociedades comerciales y asociaciones civiles registradas en la mencionada dirección o en los Registros Públicos de Comercio deberán reempadronarse.
San Isidro (agencia Comunas, marzo 10) Por resolución del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y en concordancia con las disposiciones de la Dirección provincial de Personas Jurídicas, las sociedades comerciales y asociaciones civiles registradas en la mencionada dirección o en los Registros Públicos de Comercio deberán reempadronarse.
La medida, que obviamente alcanza a las sociedades comerciales y asociaciones civiles sanisidrenses, indica que deberán reempadronarse hasta el 25 de agosto próximo, excepto aquellas inscriptas con posterioridad al 31 de diciembre pasado.
La documentación a presentar deberá ser descargada e impresa por las sociedades y asociaciones de la página web de la Dirección provincial de Personas Jurídicas, www.mjus.gba.gov.ar/pers_juridicas.
Se recuerda que la delegación San Isidro de la Dirección provincial de Personas Jurídicas se encuentra en la calle Martín y Omar 339, 1º Piso, que atiende de lunes a viernes de 10 a 12.
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| Comentarios: |
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| florencia
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| 31/08/2009 - 13:54 |
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| Como debe armarse la Nota de Presentación, tienen algún modelo? |
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| vero
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| 04/06/2009 - 12:45 |
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| Habiendo vencido el plazo para reempadronar a las sociedades, con la nota de presentación y pagada la multa (340 en total) es suficiente? Hay que presentar los ultimos 3 balances también? Si la sociedad no tuvo actividad desde el 2000? EstarÃamos reactivándola. Como debe armarse la Nota de Presentación, tienen algún modelo?
graciasss |
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| MARIA I.CALBETE
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| 28/11/2008 - 12:06 |
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| VENCE HOY EL REEMPADRONAMIENTO O DIERON MAS PLAZO? |
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| mario
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| 25/11/2008 - 15:07 |
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| Como debe armarse la Nota de Presentación, tienen algún modelo? Para confirmar se deben presentar: 1) Nota 2) Pago de la tasa en Bco. Provincia 3) Formulario completado a traves de la web 4) ultimos 3 balances certificados 5) Certificación literal por escribano de las actas de la sociedad..... gracias. |
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| Andrea
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| 26/08/2008 - 9:02 |
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| Las actas y balances pueden ir fotocopias autenticadas por Escribano ó tienen q ser balances originales y las actas transcriptas y certificacion de su contenido.
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